La Secretaria de Estado de Estado de Investigación, Desarrollo e Innovación acaba de publicar (BOE Núm. 149, de 23 de junio de 2015) las convocatorias de ayudas a la investigación  con dos programas:

Programa Estatal de Fomento de la Investigación Científica y Técnica de Excelencia, Subprograma Estatal de Generación de Conocimiento

Programa Estatal de Investigación, Desarrollo e Innovación Orientada a los Retos de la Sociedad

Estas ayudas se enmarcan en el Plan Estatal de Investigación Científica y Técnica y de Innovación 2013-2016 y en ellas se fomenta el cumplimiento del artículo 37 de la Ley de la Ciencia promoviendo que las publicaciones derivadas de la financiación otorgada estén en acceso abierto.

Así, en el apartado de Obligaciones y responsabilidad de los beneficiarios (artículo 6 punto 2) de las dos convocatorias encontramos:

«Cuando los resultados no sean susceptibles de protección de derechos de propiedad industrial o intelectual, las publicaciones científicas resultantes de la financiación otorgada al amparo de la presente convocatoria deberán estar disponibles en acceso abierto, de acuerdo con el artículo 37 de la Ley 14/2011, de 1 de junio.
A tales efectos, los autores podrán, con la mayor brevedad posible, optar por publicar en revistas de acceso abierto o bien por autoarchivar en repositorios institucionales o temáticos de acceso abierto, recogidos en la plataforma Recolecta de la Fundación Española para la Ciencia y la Tecnología (FECYT) u otros repositorios promovidos por las propias instituciones, los trabajos científicos que hayan sido aceptados para su publicación en publicaciones seriadas o periódicas.
La publicación se producirá en un plazo no superior a los seis meses tras su publicación comercial, salvo en el área de Humanidades y Ciencias Sociales, donde el plazo establecido no será superior a un año.»

Por su parte, en el apartado Conceptos susceptibles de ayuda (artículo 20) en el punto 5 se dice:

«En el concepto de costes directos serán elegibles los siguientes gastos, siempre que estén directamente relacionados con el proyecto y se imputen dentro del período de ejecución del mismo:

i) Gastos de publicación y difusión de resultados, incluidos aquellos que pudieran derivarse de la publicación en revistas de acceso abierto.»

El acceso abierto se destaca en la consolidación de las Redes de Excelencia, uno de los objetivos marcados por Programa Estatal de Fomento de la Investigación Científica y Técnica de Excelencia.

Recordamos que la difusión y acceso libre a publicaciones científicas resultantes de la investigación financiada con fondos públicos es una exigencia del artículo 37 de la Ley de la Ciencia, siguiendo las recomendaciones de la Comisión Europea (Commission Recommendation of 17.7.2012 on access to and preservation of scientific information).

Os recomendamos consultar el apartado Convocatorias públicas de investigación de este blog y, si aun así tenéis dudas, dirigiros a nosotros a través de la Biblioteca Responde.
Podéis ver un Análisis de los resultados de la Convocatoria 2014 en ec3metrics.

La UPV fomenta el acceso abierto de las publicaciones de sus investigadores de forma que puedan cumplir sin problemas los requerimientos de la Ley de la Ciencia y de las diferentes convocatorias. Así la Biblioteca de la UPV gestiona tanto el repositorio institucional, RiuNet, como la plataforma de revistas en acceso abierto, PoliPapers.

Los investigadores pueden depósitar en RiuNet sus publicaciones gracias a la pasarela entre Senia y el repositorio. La Biblioteca realiza cursos para los investigadores sobre el depósito de las publicaciones, resolviendo las dudas sobre el manejo de la plataforma, los diferentes tipos de versiones o los derechos de autor. Si estáis interesados en recibir esta formación podéis dirigiros a riunet@bib.upv.es